El oficio, firmado por el Juez de Ejecución de Condena y dirigido al ministro Gustavo Adán Gaya, expuso que entre marzo y diciembre de 2025 el número de personas condenadas alojadas en el Complejo Penitenciario Nº 1 aumentó de 871 a 935 internos, pese al cupo máximo del establecimiento.
Según indicaron en el requerimiento emitido, esta situación profundiza un escenario de sobrepoblación crítica, que ya había sido advertido en comunicaciones previas —entre ellas el Oficio Nº 1026 del 23/05/2025 y el Oficio N.º 3079 del 19/12/2024— en los que se señalaba la necesidad de crear espacios adecuados para garantizar condiciones de alojamiento compatibles con la Constitución Nacional y la legislación vigente.
Impacto de la sobrepoblación y estándares legales
El documento recuerda que la sobrepoblación, entendida como el alojamiento de personas por encima de la capacidad operativa del sistema penitenciario, genera afectaciones directas a los principios básicos de dignidad humana y vulnera normas de trato reconocidas por la legislación nacional e internacional.
El oficio resalta que el marco legal impone al Estado argentino la obligación de garantizar condiciones dignas de detención. Cita el artículo 18 de la Constitución Nacional, que establece que las cárceles deben ser "sanas y limpias", así como los tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22), entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención contra la Tortura.
Asimismo, recuerda que la Ley de Ejecución Penal Nº 24.660 fija que el tratamiento penitenciario debe orientarse a la integración social de las personas condenadas, objetivo que se ve comprometido ante las actuales condiciones de alojamiento.
Solicitud de medidas y acción coordinada del Estado
En virtud de la situación verificada, el Juzgado de Ejecución reitera formalmente la imperiosa necesidad de adecuar, refuncionalizar y/o ampliar la infraestructura penitenciaria del Complejo Penitenciario Nº 1.
Si bien reconoce que el Servicio Penitenciario Provincial ha iniciado acciones en este sentido, advierte que resulta imprescindible profundizar y acelerar las medidas para restablecer niveles de ocupación compatibles con los estándares constitucionales, legales y humanitarios.
Finalmente, el oficio subraya que para garantizar el cumplimiento efectivo de la Ley de Ejecución Penal se requiere la acción conjunta de los tres poderes del Estado.
El documento concluye reiterando la urgencia de adoptar las medidas pertinentes para asegurar condiciones dignas, seguras y adecuadas para las personas privadas de su libertad en la provincia.




